Colegios de miembros
Los miembros, en función de su implicación, se dividen en 5 colegios con derecho a voto.
Cada colegio elige a uno o varios representantes para que lo representen en las votaciones y decisiones.
Cada uno de los 5 colegios tiene un derecho de voto igual al 20%.
- socios asalariados con un mínimo de 6 meses de trabajo en la sociedad cooperativa, titulares de un contrato de trabajo de duración determinada o indefinida,
cualquiera que sea el porcentaje de tiempo de trabajo previsto en el contrato - Los representantes sociales remunerados por sus mandatos
- Socios que contribuyen directamente a la oferta de servicios de la cooperativa de forma voluntaria
- Miembros que sean personas físicas o jurídicas y que sean diseñadores y/o productores de productos sanitarios, otras herramientas relacionadas con la práctica anticonceptiva o su promoción, y beneficiarios actuales o futuros o que se hayan beneficiado directamente de los servicios del SCIC.
Miembros que deseen aportar activamente su experiencia a la sociedad cooperativa en un campo o
práctica relacionada con la anticoncepción, incluidas las siguientes subcategorías:
● Profesionales médicos
● Expertos de otras disciplinas científicas
● Organizaciones de apoyo
● Usuarios expertos:
Los miembros que sean personas jurídicas o tengan estatuto asociativo, y los miembros que tengan una relación contractual con Entrelac.coop y que apoyen los proyectos del SCIC por cualquier medio, no incluidos en las categorías anteriores - en particular, cualquier tipo de organización pública o privada que proporcione a Entrelac.coop recursos financieros u operativos.
Socios que son personas físicas o jurídicas que desean apoyar a la sociedad cooperativa y que no entran en las categorías anteriores.